El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (RSU 330/2025) ha confirmado la resolución favorable obtenida por nuestro despacho frente a la Seguridad Social y ha reconocido la incapacidad permanente totalde un trabajador, tras rechazar el criterio del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
La sentencia pone de relieve que el INSS decidió no demorar la calificaciónde la incapacidad, pese a que el propio facultativo evaluador había propuesto esperar a la evolución tras una intervención quirúrgica pendiente. El órgano judicial concluye que la Administración no puede negar después el carácter permanente de las limitaciones cuando optó expresamente por resolver sin esperar al resultado del tratamiento.
El fallo reconoce el derecho a pensión con efectos económicos completos, reafirmando la importancia de una correcta estrategia jurídica frente a decisiones administrativas prematuras en materia de incapacidad permanente.

